Avalan SCJN prohibición del matrimonio infantil

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Agencias
México.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la prohibición del matrimonio infantil, ya que de cuerdo con los ministros se debe proteger el interés superior de los menores de edad.
De esta forma, la Corte reconoció la validez de varios artículos al Código Civil del estado de Aguascalientes relativos a la prohibición absoluta para contraer matrimonio a niñas y niños.
Al analizar por segundo día consecutivo la acción de inconstitucionalidad 22/2016, promovida por la Comisión de Derechos Humanos de esa entidad, demandando la invalidez de diversas disposiciones de esa norma, la Corte determinó que no existe afectación al libre desarrollo de la personalidad de niños y niñas al suprimir de la norma dispensas para que en casos graves y justificados se lleve a cabo un matrimonio infantil.
“Se llega a la conclusión que la eliminación de las dispensas para que los menores de edad puedan contraer matrimonio, es una medida válida”, expuso en una de sus intervenciones el ministro presidente Arturo Zaldívar.
Bajo la ponencia del ministro Fernando Franco González Salas, dividido en seis apartados, dijo que la eliminación de las mismas no debe analizarse como una restricción al derecho al matrimonio ni tampoco como una medida que discrimine.
Durante la sesión pública, los ministros de la Corte señalaron que la eliminación de las dispensas no viola el derecha al matrimonio y si en cambio busca proteger a quienes no están en condiciones para hacerlo, pues casarse antes de cumplir la mayoría de edad afecta sobre todo a las niñas.