La Sexagésima Cuarta Legislatura del Estado, aprobó agravar las sanciones para quienes nieguen el servicio público de transporte a toda aquella persona que preste servicios de salud ante una contingencia sanitaria, por lo que se podrían aplicar multas de hasta 10 mil 425 pesos.
El Diputado Juan Enrique Liceaga Pineda, a nombre del Partido de Acción Nacional promovente de estas acciones, señaló que de no agravar las sanciones “Nos convertiría en cómplices de este tipo de acciones y estaríamos consintiendo estos entornos que no abonan a la reducción de los actos discriminatorios en la sociedad”, precisó.
La reforma aprobada a la Ley de Transporte del Estado, establece que se aumentará hasta una mitad más de la multa, cuando las infracciones se cometan en perjuicio de persona o personas que presten un servicio de salud, a partir de la emisión de medidas de seguridad por parte de la autoridad sanitaria ante casos de pandemia, epidemia o de cualquier otra situación, contingencia o riesgo grave de carácter sanitario.
Las multas establecidas en la ley local son de 60 a 80 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, al aumentarlas en una mitad se infraccionarían hasta con 10 mil 425 pesos.
Liceaga Pineda, señaló que se han reportado casos en donde se les ha lanzado cloro, han sido víctimas de agresiones físicas o no se les ha brindado un servicio público, como lo es el de transporte por temor a resultar contagiados.
“Quienes más luchan y hacen frente a esta pandemia, son quienes se encuentran en primera línea de atención y ellos son quienes arriesgan su vida en este proceso de recuperar la normalidad en nuestro actuar diario, de tal forma que se debe mostrar un apoyo decidido legislativamente para respetar a las y los trabajadores de la salud”, precisó el legislador.