Plantean diputadas y FGR, hasta 60 años de cárcel por feminicidio en México

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Agencias.- La Cámara de Diputados y la Fiscalía General de la República (FGR) presentaron a los congresos locales su propuesta de tipo penal homologado de feminicidio con una sanción de entre 40 y 60 años de cárcel en todas las entidades federativas, además de precisar las razones de género para configurar el delito y castigar a los responsables.

De acuerdo con la proposición del Grupo de Trabajo para el Análisis del Delito de Feminicidio, la pena de prisión aumentaría hasta en 50 por ciento si el responsable es un servidor público encargado de funciones de prevención, persecución o sanción del delito y hasta en un tercio si el delito es cometido tras suministrar estupefacientes o psicotrópicos para causar la inconsciencia de la víctima.

La propuesta de tipo penal homologado de feminicidio fue entregada este miércoles en reunión virtual a las legislaturas de las 32 entidades federativas, seis meses después de que el fiscal general Alejandro Gertz propuso en un encuentro con diputados de Morena eliminar el tipo penal de feminicidio y redefinirlo como una agravante del homicidio.

La presidenta de la Cámara de Diputados, Laura Rojas, subrayó que la homologación del feminicidio en todos los códigos penales del país contribuirá a prevenir, perseguir y sancionar el delito.

 

Propuesta es aún insuficiente: Villavicencio

No obstante, la legisladora morenista Lorena Villavicencio, coordinadora de la Subcomisión de Seguimiento a Feminicidios, sostuvo que la propuesta es todavía insuficiente, pues sigue pendiente corregir el fallido sistema de justicia que otorga impunidad a los agresores y crear un sistema eficaz de prevención de la violencia contra las mujeres.

“Es importante recordar que todo este esfuerzo surge a partir de una declaración del fiscal general de la República, donde sugirió desaparecer el delito de feminicidio, por tratarse de un delito difícil de acreditar; afortunadamente se mantiene este delito para visibilizar un fenómeno que expresa la más exacerbada y cruenta forma de violencia contra las mujeres”, dijo.

 

Así quedaría definido el feminicidio 

En su encuentro a distancia, las legisladoras del Grupo de Trabajo y el fiscal Gertz presentaron el proyecto que define el feminicidio como la privación de la vida de una mujer por una razón de género y cuando concurra cualquiera de las circunstancias enlistadas en el artículo 325 del Código Penal Federal.

Entre dichas circunstancias plantearon considerar los ámbitos comunitario y político como contextos de violencia previa, particularmente en el contexto de comunidades regidas por usos y costumbres.

De igual forma propusieron incorporar los ámbitos laboral o docente, además del familiar, como espacios de relación previa entre el sujeto activo y la víctima.

El proyecto establece consideraciones sobre feminicidio infantil y violencia en el ámbito familiar, así como el reconocimiento de amenazas indirectas, con lo cual se abre la posibilidad que el Ministerio Público sustente como evidencias los amagos a la integridad de la víctima a través de personas de su entorno inmediato.

El Grupo de Trabajo incluyó asimismo el entorno de prostitución o explotación sexual de la víctima como circunstancia de razón de género, además de considerar el trato al cuerpo de la víctima cuando sea expuesto, arrojado, depositado o exhibido en un lugar público.