Con 302 votos a favor y 134 en contra, la Cámara de Diputados aprobó la solicitud de procedencia del gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca.
En Sesión Ordinaria de este viernes 30 de abril, con la mayoría relativa las y los diputados federales autorizaron desaforar a Cabeza de Vaca.
El pasado 23 de febrero de este año, la Fiscalía General de la República (FGR) solicitó a la Sección Instructora de la Cámara de Diputados el desafuero del mandatario tamaulipeco al ser acusado de operación con recursos de procedencia ilegal, defraudación fiscal y delincuencia organizada.
Sin embargo, la Sección Instructora de este Congreso únicamente encontró elementos de posibles responsabilidad del gobernador de Tamaulipas, en el delito de defraudación fiscal equiparada.
La resolución de los legisladores federales será notificada al Congreso de Tamaulipas para el procedimiento del Artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Una vez hecho el comunicado anterior, aproximadamente a las 5 de la tarde, el Congreso del Estado de Tamaulipas inició el análisis y discusión sobre la determinación de la Cámara de Diputados en materia de fuero del Gobernador Francisco García Cabeza de Vaca.
También trascendió que desde el jueves, el Congreso de Tamaulipas envió un comunicado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para elevar una solicitud de suspensión por considerar inconstitucional.
Mientras tanto, desde esta tarde, una vez que la Cámara de Diputados federal por mayoría de votos resolvió por declarar que ha lugar a proceder en contra del Gobernador Francisco García Cabeza de Vaca, el Congreso del Estado de Tamaulipas inició el procedimiento al que se refieren los artículos 111, párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 28, párrafo segundo de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y 44, párrafo segundo de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Tamaulipas.
Según estas disposiciones, cuando se trate de servidores públicos del ámbito local, corresponde en última instancia al Congreso del Estado determinar si procede la homologación de la declaración de procedencia realizada por la Cámara de Diputados y, en su caso, el retiro del fuero, ya que la declaratoria federal tiene un efecto puramente declarativo.
En caso de que la Cámara local determinara que no ha lugar a homologar la declaración de procedencia federal, no podrá seguirse procedimiento alguno en contra del Gobernador ya que este conservaría el fuero que conlleva el ejercicio de su encargo. En caso contrario y, de considerar que sí se homologue la declaración federal, el Gobernador quedaría a disposición de las autoridades competentes.
El Pleno del Congreso del Estado espera resolver en definitiva durante la sesión que ha sido convocada para esta fecha.
Siendo las 6 de la tarde con 30 minutos, se realizó la revisión de homologación o no, aclarando que esa facultad de desafuero es facultad estatal. Siendo la respuesta de la mayoría no dar ha lugar la homologación, por ende, no procede el retiro del fuero.
De acuerdo al artículo 138 de la ley interna del congreso estatal, se somete el proyecto de acuerdo… NO PROCEDE EL PROCESO DE HOMOLOGACIÓN.
Se reconoce su calidad de Gobernador Constitucionaldel Estado Libre y Soberano del Estado de Tamaulipas.
Se acuerda que se publique en el Periódico Estatal del Estado y que se comunique dicha resolución a la H. Cámara de Diputados.
Votación final (última hora) 21 diputados del PAN a favor de no homologar, más 4 del PRI, uno de MC, sólo 3 en contra y 7 abstenciones…