Magistrados usan tarjeta del TEPJF para pagar en tiendas, licorerías, cantinas, cines, ¡hasta el super!

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Agencias.- Magistrados electorales utilizaron la tarjeta de crédito institucional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para hacer compras en tiendas de venta de botellas de alcohol, cantinas, cines, tiendas departamentales, establecimientos en línea, tiendas de regalos, y también para pagar el súper, recibos telefónicos, boletos para espectáculos, libros y hasta servicios de blindaje de autos.

Los cargos, que suman cientos de miles de pesos, contravienen el reglamento para el uso de las tarjetas bancarias institucionales del Tribunal, que establece que éstas deben utilizarse estrictamente para el pago de boletos de avión, reservaciones en hoteles y viáticos de alimentación de los magistrados sólo cuando se encuentren en comisiones de trabajo.

Pero, por ejemplo, con las tarjetas se hizo un pago de 48 mil 598 pesos en El Palacio de Hierro el 23 de abril de 2020, menos de un mes después de que declaró la emergencia sanitaria en México por la pandemia de COVID-19.

Más casos: entre 2019 y 2020, durante la gestión del magistrado Felipe Fuentes como presidente de la Sala Superior, se registraron cargos a las tarjetas institucionales por 10 mil 877 pesos en La Europea, establecimiento especializado en la venta de botellas de alcohol; también se hicieron cargos por 158 mil 818 pesos en Office Depot; en Ticketmaster –que vende boletos para espectáculos– se pagaron 30 mil 914 pesos; en la tienda en línea Mercado Libre se pagaron 44 mil 406 pesos; en TPS Armoring, compañía dedicada al blindaje de autos, se hicieron cargos por 62 mil 239 pesos; a la aseguradora Quálitas se le hizo un pago de 7 mil 380 pesos.

Los estados de cuenta de las tarjetas institucionales del TEPJF también muestran pagos de miles de pesos en restaurantes lujosos ubicados en la Ciudad de México y el área metropolitana; dichos gastos a menudo superaron el límite del apoyo mensual para alimentación otorgado por el tribunal a los magistrados.

Animal Político obtuvo los estados de cuenta de los ejercicios 2017 a 2020 a través de solicitudes de transparencia, tras varios intentos del TEPJF por testar la información contenida en esos documentos, como el nombre y RFC de los establecimientos donde se hicieron los cargos, la fecha y el monto de los mismos, argumentando que revelar esos datos pondría en riesgo la seguridad y hasta la vida de los magistrados.

El Comité de Transparencia del tribunal reservó por cinco años los estados de cuenta, pero el INAI revocó esa resolución y le ordenó entregar los documentos íntegros, al determinar que son instrumentos de rendición de cuentas, pues contienen gastos pagados con recursos públicos.

En respuesta a una petición de réplica hecha por este medio, el área de comunicación social del TEPJF informó que se iniciará una indagatoria interna por el uso irregular de las tarjetas institucionales.

“No se tiene conocimiento de ninguna investigación en curso por los hechos que se mencionan. No obstante lo anterior, en caso de que, derivado de la información proporcionada, se presuma alguna irregularidad, se hará de conocimiento de los órganos competentes del TEPJF, quienes, de acuerdo con sus atribuciones, tomarán las acciones correspondientes”, indicó.

 

“Se pone en riesgo a magistrados”

El Tribunal Electoral tiene una cuenta institucional de crédito en HSBC con la finalidad de agilizar la compra de boletos de avión y la reservación de hoteles para las comisiones de trabajo de los magistrados de la Sala Superior, conforme los “Lineamientos para el trámite y control de egresos del TEPJF”.

El área encargada de desempeñar esa labor fue en un inicio la Dirección General de Vinculación Social, que se transformó en la Jefatura de Vinculación y Protocolo. Al interior del tribunal, dicha área es conocida comúnmente como “Unidad de Atención a Magistrados”, y la tarea de sus integrantes es, en los hechos, estar a disposición de los magistrados y tener lista la tarjeta de crédito institucional para efectuar los pagos que les requieran, de acuerdo con funcionarios consultados para esta investigación.

Entre 2017 y 2018, cuatro funcionarios administrativos de “Atención a Magistrados” tuvieron tarjetas de crédito asociadas a la cuenta institucional. Se trata de Héctor Barrera Lavín, que era titular de dicha área; Sergio Soriano Caselín, Pedro Blancas Cueto y Agustín Millán Gómez.

El TEPJF también autorizó la expedición de tarjetas de crédito directamente a dos magistrados, Felipe Fuentes Barrera, que ha sido presidente de la Sala Superior, e Indalfer Infante Gonzales, para solventar los gastos de alimentación.

Los restantes cinco magistrados de la Sala Superior no han tenido una tarjeta institucional, pero es posible que algunos cargos efectuados por los funcionarios administrativos de “Atención a Magistrados” hayan sido para su beneficio.

El Comité de Transparencia del TEPJF rechazó dos veces entregar a este medio los estados de cuenta bancarios de las tarjetas, y, más aún, determinó reservarlos durante 5 años, con argumentos excesivos o contradictorios.

En los acuerdos CT-CI-SAI-38/2020 y 4/2021, el comité sostuvo que revelar los nombres de los establecimientos donde se registraron cobros, así como el concepto de los consumos, la fecha y hasta los montos pagados, podría significar un riesgo para la seguridad y la vida de los magistrados y sus familias, pues permitiría que se establezcan “patrones” de sus itinerarios, lo que los expondría a “amenazas, extorsiones, secuestros, atentados, entre otras actividades ilícitas”.

El comité aseguró que los establecimientos donde se hicieron cobros con cargo a las tarjetas institucionales son lugares a los que los magistrados “acuden por una situación de trabajo”. Sin embargo, también sostuvo que revelar los nombres de los establecimientos “no es relevante para la rendición de cuentas”, o bien, que no es “información (que) permita a la ciudadanía evaluar su desempeño”.

El comité también justificó la censura de la información con el argumento de que algunos gastos, si bien se pagaron con las tarjetas institucionales, posteriormente fueron reembolsados por los servidores públicos con su dinero, por lo que, sostuvo, se trata de información de carácter privado.

Al resolver el recurso de revisión RRA 2529/21, el INAI rebatió que los estados de cuenta deberían ser entregados sin reserva alguna porque la cuenta bancaria está a nombre de la institución –el TEPJF– y no de servidores públicos en específico.

El INAI también afirmó que, si bien algunos cobros fueron reintegrados por los funcionarios, ello fue así porque, en principio, se trató de pagos para fines no autorizados y que no debieron realizarse. Los “Lineamientos para el trámite y control de egresos del TEPJF” señalan que los gastos deben ser comprobados por los titulares de las tarjetas, y que sólo deberán ser cubiertos por ellos, con sus recursos propios, cuando no puedan justificar que los cargos fueron para solventar gastos de pasajes aéreos, hospedaje y viáticos.

Es decir, para el INAI, que un usuario reembolse un cargo a las tarjetas del tribunal es señal de que se trató, de antemano, de un gasto no justificable o indebido.

De hecho, al requerir al TEPJF las versiones íntegras de los estados de cuenta, el INAI detectó que, en efecto, además de cargos por la compra de boletos de avión, reserva de hospedajes y pago de alimentos, había consumos que se desviaron de los fines autorizados.

“(De los estados de cuenta) se desprenden conceptos distintos al fin para el cual fueron proporcionadas las tarjetas a las personas servidoras públicas, es decir, no dan cuenta de gastos en hospedaje, avión o alimentación, por lo que es dable concluir que, si bien dichos gastos pudieron ser pagados por las personas servidoras públicas que utilizan las tarjeras, lo cierto es que dichos pagos se realizaron por la falta de comprobación de la finalidad para el cual fueron utilizados”, cita la resolución RRA 2529/21.

El INAI también sostuvo que, aunque los funcionarios hayan reintegrado algunos pagos, los cargos fueron cubiertos inicialmente con recursos públicos del tribunal.

“En ese sentido, se advierte que, si bien los conceptos, fecha de erogación, monto pagado, nombre y Registro Federal de Contribuyentes del establecimiento donde realizaron gastos las personas servidoras públicas fueron cubiertos con sus recursos propios, lo cierto es que, en un principio, dichos recursos pertenecieron al erario público, es decir, fueron proporcionados única y exclusivamente para un fin, siendo este la compra de boletos de avión, hospedaje y alimentación, para la asistencia a las comisiones de su encargo, no así para distintos fines, por lo que sólo resulta operante el acceso a los referidos datos en tanto que dichos conceptos tuvieron su origen en el empleo de recursos del erario público”, refiere la resolución.

 

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