Contadores podrían ir a la cárcel si encubren a sus clientes: Miscelánea Fiscal 2022


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Agencias.- Con el aval de la Miscelánea Fiscal 2022 en lo general por la Cámara de Diputados, los contadores públicos mexicanos mostraron su rechazo a la reforma al artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, que establece sanciones y cárcel a quienes encubren a sus clientes en delitos fiscales.

La Miscelánea Fiscal 2022 propuesta por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), planea que la reforma derive en el encarcelamiento de los contadores que encubran a los contribuyentes que no cumplen con sus obligaciones fiscales.

Dentro del Paquete Económico 2022 enviado al Congreso, se propone una reforma al artículo 52 del Código Fiscal de la Federación que obligaría a los contadores a informar a las autoridades cuando sus clientes estén cometiendo alguna conducta constitutiva de delito fiscal o evasión de impuestos.

De este modo, los contadores públicos estarán obligados a dar aviso a la autoridad “cuando derivado de la elaboración del dictamen, (el contador público) conozca que el contribuyente ha incumplido con las disposiciones fiscales y aduaneras o que ha llevado a cabo alguna conducta que pueda constituir la comisión de un delito fiscal”.

La reforma propuesta por el Ejecutivo implicaría que, quien incumpla con dicha disposición, se haga acreedor a una serie de sanciones que van desde la suspensión del registro como contador público, de hasta por tres años, hasta prisión de tres a seis años.

Por su parte, para el Instituto Mexicano de Contadores Públicos A.C. (IMCP), la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, Colegio Profesional en el Distrito Federal A.C. (AMCP), y la Federación Nacional de la Asociación Mexicana de Colegios de Contadores Públicos A.C-, esa disposición en sí misma es una contradicción.

De forma conjunta, escribieron un comunicado para expresar su disconformidad ya que la propuesta elimina la objetividad e imparcialidad que siempre debe caracterizar el trabajo de un auditor que realiza un dictamen fiscal.

“Al obligar por ley a un contador público a informar a la autoridad fiscal conductas de su cliente que puedan constituir la comisión de un delito fiscal, lo convierten en parte del control operativo del contribuyente; es decir, en parte de la administración del contribuyente, lo cual desvía al contador del objetivo de una auditoría que no tiene que ver con la calificación de un hecho delictivo”, expresaron.

Para el gremio, la facultad de investigar este tipo de delitos es del Ministerio Público, y en ningún caso puede recaer en ellos la responsabilidad de detectar estos ilícitos, ya que no cuentan con los conocimientos necesarios para hacerlo.

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