¿Realmente funciona el INAI?

-Los entes gubernamentales se refugian en la información clasificada -La reserva de información se prolonga hasta por 20 años -La seguridad nacional es el escudo para negar datos realmente importantes

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Por Mario Díaz

H. Matamoros, Tamaulipas.-Tras la pugna legislativa en el Senado de la República y la conclusión del segundo período ordinario del segundo año de la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) continuará imposibilitado de sesionar ante la falta de quórum.

De acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública el INAI requiere de al menos uno de los tres integrantes que faltan por designar para completar la asistencia necesaria en la votación plenaria.

En opinión del presidente ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR tan dependencia representa una carga millonaria para el erario federal y, por lo tanto, debe desaparecer y trasladar esa responsabilidad a la Auditoría Superior de la Federación.

Quienes mantienen otro criterio consideran que la extinción del INAI dejaría a la sociedad sin un medio de defensa cuando vean afectados sus derechos, ya que, si bien las personas pueden presentar sus quejas, el Instituto está imposibilitado de desahogarlas y emitir las resoluciones correspondientes.

En consecuencia, no podría ordenar la apertura de la información requerida de los sujetos obligados, o bien, para hacer efectivo el derecho a la protección de los datos personales.

Hasta antes de concluir el segundo período ordinario y dar paso a la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, en la Cámara Alta falló la estrategia de nombrar a uno de los tres integrantes para lograr los cinco miembros que se requieren en la votación del pleno del INAI.

Sin embargo, por instrucciones con origen en el Palacio Nacional, los senadores oficialistas deberían designar a un consejero afín a la Cuarta Transformación para estar en condiciones de abortar una sesión plenaria si la decisión a tomar afectaría los intereses de la 4T; la inasistencia del integrante guinda impediría el quórum necesario.

La postura contraria del bloque opositor en el Senado provocó la toma de la tribuna, por lo que la estrategia de la Cuarta Transformación no funcionó y el tema quedó en el limbo. Obviamente, el INAI no desaparece, pero no podrá sesionar plenariamente para decidir sobre las solicitudes de la sociedad.

Por lo tanto, no tendrán resolución las quejas relacionadas con el cumplimiento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su Reglamento, y de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados.

Mientras el INAI no reúna el quórum de al menos cinco de los siete integrantes, verá afectado su funcionamiento y análisis en información que tenga que ver con identificación, contacto, datos laborales, académicos, estado civil, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, idioma o lengua, datos que permitan conocer la ubicación física de la persona o su patrimonio, como son los saldos bancarios, estados y/o número de cuenta, cuentas de inversión y bienes muebles, por ejemplo.

Asimismo, el Instituto pueden proporcionar y analizar quejas relacionadas con información confidencial relacionada con los secretos bancario, fiduciario, industria, comercial, fiscal, bursátil y postal, cuya titularidad corresponda a particulares, sujetos de derecho internacional o a sujetos obligados cuando no involucren en ejercicio de recursos públicos.

Como es del dominio público, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales es el órgano autónomo que protege los datos personales cuando una persona (ya sea un particular o una autoridad) utiliza esa información personal con fines distintos a los autorizados.

Vale la pena precisar que los siete comisionados del INAI son designados para cumplir ese encargo por siete años, con el requisito ineludible de ser mexicano por nacimiento.

Desde otra perspectiva, al margen de criterios partidistas o controversias legislativas internas, lo cierto es que la clasificación de la información (confidencial o reservada) es el impedimento legal para que el ciudadano acceda a la información real e importante en muchos temas que tienen que ver con la distribución de los recursos de la hacienda pública.

Así qué ¿realmente es operante y necesario el INAI)

 

DESDE EL BALCÓN:

I.-Un ejemplo claro de que la transparencia gubernamental no funciona ocurre en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por lo que el saqueo de medicamentos y equipo y, además, supuestas costosas adquisiciones para atender a pacientes, están a la orden del día.

Pero eso no es todo.

La opacidad también se presenta en lo que se refiere a las pensiones temporales y generales que corresponden a los derechohabientes cuando ya no están en posibilidades de integrarse a la actividad laboral.

Todo parece indicar que la corrupción, negligencia y “protocolos” exagerados es el común denominador en el área de Medicina del Trabajo del IMSS, al menos, en el estado de Tamaulipas.

¿Y ZOE ROBLEDO? Bien gracias; en plena campaña en busca de la candidatura morenista a la gubernatura chiapaneca.

Ni hablar.

Y hasta la próxima.

mariodiaz27@prodigy.net.mx