López Dóriga y Alatorre no violaron la ley ni alteraron los promocionales políticos durante la visita del Papa, resuelve el Tribunal Electoral.
Agencias
México.- La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que no violaron la ley, ni alteraron o manipularon los spots políticos, los conductores estelares de Televisa y TV Azteca, quienes durante las emisiones de la visita del Papa Francisco a México dedicaron sus espacios para criticar esa pauta electoral.
Los magistrados resolvieron por unanimidad que los conductores ejercieron su libertad de expresión y no se excedieron en el ejercicio de ese derecho, por lo que no se afectó la pauta electoral.
En su sentencia, reconocieron que la ley prohíbe afectar el modelo de comunicación política con alteración, manipulación, superposición, transmisión indebida de la pauta de los partidos, pero esto no ocurrió en este caso.
En la sesión se transmitieron –en el contexto de 10 horas de emisión de la visita papal- 16 expresiones de los comunicadores de ambas televisoras en las que anticipan que siguen spots, o bien, realizan comentarios con abiertas críticas a éstos y a los partidos y dirigentes del PAN y del PRD.
Pero no se afectó la pauta ni el modelo de comunicación política, establecieron los magistrados al destacar que se debe dar prioridad al ejercicio de los derechos y las libertades.
Así, quedaron libres de toda responsabilidad el conductor de El Noticiero de Televisa, Joaquín López Dóriga Velandia, y los de TV Azteca Jorge Alfonso Zarza Pineda, Carolina Rocha Menocal, Javier Alatorre Soria, además de las concesionarias Televimex S.A. de C.V. y Televisión Azteca S.A. de C.V.
Este caso detonó a mediados de febrero, en que conductores de Televisa y TV Azteca criticaron la interrupción de la transmisión especial que ambas televisoras hicieron de la visita del Papa Francisco a México, debido a los spots políticos.
A raíz de ello el INE abrió de oficio un procedimiento para que se resolviera si estos señalamientos podrían equipararse a “cortinillas”, mismas que han sido prohibidas en el pasado por el TEPJF porque alteran la pauta electoral.
Los magistrados de la Sala Regional, el presidente Clicerio Coello, Gabriela Villafuerte y Felipe de la Mata Pizaña, resolvieron que los comentarios de los comunicadores no pueden equipararse a cortinillas.