Propone compensación para conyugue por tiempo de matrimonio

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El grupo parlamentario de Morena en el Congreso del Estado presentó una iniciativa de reforma al Código Civil para que cuando se registre el divorcio de una pareja, la mujer no únicamente reciba la pensión alimentaria de los hijos, sino también una compensación por el tiempo en que estuvieron casados ya que ello impidió a las mujeres pudieran tener un mejor desarrollo.

 

El diputado Humberto Armando Prieto Herrera (Morena) presentó una propuesta para reformar el artículo 260 del Código Civil del Estado.

 

Al respecto se precisa una compensación patrimonial a favor de él o la ex -conyugue que durante el matrimonio se dedicó preponderantemente a las labores del hogar y/o al cuidado de los hijos, por un monto de hasta el 50 porciento del valor de los bienes que corresponden al otro cónyuge.

 

El derecho y, en su caso, el monto de la compensación patrimonial será definido en la vía incidental una vez declarado el divorcio, bajo los principios de equidad y solidaridad.

 

La cantidad definida como compensación patrimonial podrá ser pagada en una sola exhibición, en pago diferido o mediante la entrega de bienes que en valor equivalgan ese monto.

 

A la vez se menciona que el Juzgador valorará la que mayormente convenga a los ex cónyuges en función a sus condiciones particulares y al tipo de activo patrimonial respectivo, con el fin de que la decisión cumpla su función resarcitoria; pero sin causar una afectación innecesaria al capital, manejo y, en su caso, la continuación de las actividades empresariales, comerciales o profesionales del deudor, buscando sea proporcional con la afectación a resarcir.

 

Así apuntó que los sentimientos pueden cambiar y que los procesos de divorcio pueden sacar los peores sentimientos de las partes involucradas, y por eso y para eso existe la ley, para establecer una regla justa, objetiva y de aplicación general, que no deje a voluntad y criterio del más fuerte lo que procede, que en el caso que nos ocupa son los términos de la disolución del vínculo matrimonial.

 

Evidente es que la iniciativa de reforma se presenta en un contexto cultural en el que el cuidado de los hijos se confía mayormente a las mujeres,- aunque, afortunadamente, cada vez hay más excepciones -, y por eso es que pretende beneficiar a las mujeres que habiéndose casado por separación de bienes, deciden concluir el vínculo matrimonial y lo hacen por la vía administrativa o por consentimiento mutuo, puntualizó Prieto Herrera.